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Embargo no se aplica en periodo de incapacidad, sino sobre el salario efectivamente recibido por el trabajador (4:03 p.m.)

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20 de Febrero de 2012

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Los embargos decretados por orden judicial deben aplicarse sobre el salario efectivamente recibido por el trabajador y no en lo correspondiente a periodos de incapacidad, señaló el Ministerio de la Protección Social. Durante dichos periodos, en los cuales el trabajador está inhabilitado física o mentalmente para desempeñar en forma habitual su profesión u oficio, este no recibe salario, sino un auxilio por incapacidad o reconocimiento de la prestación de tipo económico, recordó la entidad.

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