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El sistema de salud de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional no puede recobrar ante el Fosyga el costo de los servicios no incluidos en el POS (2:10 p.m.)

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30 de Junio de 2010

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El sistema de salud de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional es un régimen excepcionado del Sistema General de Seguridad Social según lo establece el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, por lo que no es procedente aplicar las normas que facultan a las instituciones que conforman el Sistema Integral de Seguridad Social para recobrar ante el Fosyga el costo de los servicios adicionales no incluidos en el POS. Así lo señaló el Consejo de Estado al confirmar el amparo del derecho a la salud de una persona a la que se le negó un tratamiento médico. En la impugnación, la Policía Nacional solicitó revocar la misma o en su defecto autorizar a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional a recobrar al Fosyga el costo correspondiente al mismo (C. P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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