El recurso de anulación no puede sustituir de fondo lo definido por los árbitros en conflictos colectivos (12:55 p.m.)
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08 de Noviembre de 2019
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Una providencia reciente de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia destacó que en ningún evento puede dictar una decisión de remplazo para sustituir de fondo lo definido por los árbitros dentro de los conflictos colectivos sometidos a su competencia. En otras palabas, en el recurso extraordinario de anulación no pueden concederse o negarse de manera directa los aspectos propuestos en el pliego de peticiones, puesto que ello corresponde decidirlo a los árbitros, como jueces naturales del conflicto (M. P. Rigoberto Echeverri).
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