Conozca el marco normativo del trabajo de los profesores en casa
Corresponde a las secretarías de educación revisar las condiciones particulares de salud de los servidores públicos directivos docentes y docentes, así como las funciones y actividades que desarrollan.
27 de Octubre de 2020
Frente a una consulta sobre el soporte legal que obliga a los docentes del servicio público a tener clases virtuales con menores de edad, bien sea en video o audio, el Ministerio de Educación recordó que con ocasión de la declaratoria del estado de emergencia económica la evolución epidemiológica de la pandemia del coronavirus (covid-19) ha afectado la vida normal de todas las personas y, por ende, la prestación del servicio de educación.
Por lo tanto, a través de la Circular 19 y la Directiva Ministerial 11 del 2020, se orientó a las secretarías de educación y las instituciones educativas de preescolar básica y media para implementar la modalidad de trabajo académico en casa, garantizando la prestación del servicio mediante la combinación de herramientas de apoyo pedagógico, que comprenden material impreso (guías, talleres y textos), apoyo de programas de radio y televisión y plataformas digitales, con el fin de garantizar el derecho a la educación.
Además, señaló, corresponde a las secretarías de educación certificadas revisar las condiciones particulares de salud de los servidores públicos directivos docentes y docentes, así como las funciones y actividades que estos desarrollan, con el fin de adoptar mecanismos que permitan su cumplimiento desde casa, acudiendo a las tecnologías la información y las comunicaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Presidencial 02 y la Circular 21 del 2020.
Mineducación, Concepto 172639, Ago. 28/20.
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