Disposiciones sobre prestación de servicios de salud contenidas en la Circular 66 no cobijarán a los regímenes especiales o de excepción (3:07 p.m.)
14 de Octubre de 2011
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Nota:
76870
Aunque los regímenes especiales o exceptuados de salud previstos en las leyes 100 de 1993 y 647 del 2011 son sujetos de inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, en adelante, estarán excluidos de la aplicación de la Circular Externa 66 del pasado 23 de diciembre, sobre prestación de servicios. Así lo dispuso ese organismo, al precisar que la medida se extenderá hasta que el Ministerio de la Protección Social reglamente las redes integradas de servicios de salud, conforme a lo previsto en los artículos 60 y siguientes de la Ley 1438 del 2011 (reforma a la salud).
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