Trabajador que está laborando durante la emergencia tiene derecho a recibir dotación
06 de Julio de 2020
Teniendo en cuenta que la finalidad de la dotación es que el trabajador la utilice en las labores contratadas, carece de todo sentido el suministro de la misma durante la emergencia sanitaria generada por la propagación del coronavirus (covid-19), en caso de que los trabajadores no estén ejecutando sus labores durante un tiempo prolongado, precisó el Ministerio del Trabajo.
La figura, cuya entrega se debe realizar en los meses de abril, agosto y diciembre, está prevista legalmente para aquellos trabajadores activos que real y efectivamente prestan sus servicios al empleador, lo cual no sucede durante el aislamiento preventivo obligatorio decretado por el Gobierno, si estos no están laborando.
De lo contrario, es decir, en el evento en que el trabajador esté laborando en la etapa de aislamiento preventivo obligatorio, en cualquiera de las alternativas laborales de protección al empleo sugeridas por el Gobierno, no habría razón legal para el empleador de sustraerse al cumplimiento de la obligación, indicó la entidad.
Cabe recordar que se requieren tres condiciones para tener derecho a la dotación: (i) devengar hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, (ii) laborar al servicio del empleador por espacio superior a tres meses y (iii) haber usado la dotación entregada por el empleador en el período anterior. (Lea: Entrega de dotación deteriorada aumenta el riesgo de daño sobre el trabajador).
Así las cosas, todo trabajador que cumpla las mencionadas condiciones tiene derecho a recibir dotación indistintamente de la modalidad de contrato de trabajo o la alternativa que, en atención a las normas emitidas por la emergencia, se hayan implementado. (Lea: Mintrabajo dispone nuevos mecanismos para proteger el empleo en el sector privado).
Mintrabajo, Concepto 2020120300018000016, Jun. 24/20.
Opina, Comenta