Conceden amparo a trabajador contratado verbalmente que fue despedido
13 de Octubre de 2022
Concedieron una tutela de manera transitoria, hasta que haya un pronunciamiento definitivo por parte de la justicia ordinaria, por el despido discriminatorio de un trabajador en situación de discapacidad.
La Corte indica que una vez el ciudadano tuvo un accidente laboral y la consecuente incapacidad surgió para el empleador la carga de acudir a solicitar la autorización de despido como una garantía de protección para el trabajador. El empleador no debió omitir dicha situación ni desconocer el estado de debilidad del accionante, que da lugar a la activación de la garantía de estabilidad laboral reforzada, por lo que su deber era continuar con el vínculo o, en su defecto, solicitar la debida autorización a la autoridad del trabajo.
Entonces, se cumplieron los presupuestos para conceder el amparo de los derechos al trabajo, al mínimo vital, al debido proceso y a la estabilidad laboral reforzada del accionante.
En este caso se tuvo en cuenta la contratación precaria mediante un contrato verbal y sobre el cual existen controversias relacionadas con las fechas de inicio y fin; además, se consideraron las condiciones que rodean al accionante.
Por consiguiente, se declaró ineficaz la terminación del vínculo contractual y se ordenó a la accionada el reintegro del actor (si este aún lo desea) a un cargo de igual o mayor jerarquía al que venía desempeñando. En este se le deberá garantizar que las condiciones laborales sean acordes con sus condiciones de salud o, en su defecto, reubicarlo en otro cargo que se ajuste a sus necesidades con la correspondiente capacitación para su desempeño (M. P.: José Fernando Reyes Cuartas).
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