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Compensatorios por dominicales habituales se determinan según número de días laborados en el mes calendario (3:05 p.m.)

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01 de Julio de 2016

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Frente a una consulta relacionada con el significado de mes calendario para efectos del pago de compensatorios por dominicales habituales laborados, el Ministerio del Trabajo precisó que es necesario establecer previamente si son dominicales habituales, es decir, si en el mes calendario se laboran tres o más, es decir, en abril o mayo, por ejemplo, y no en el interregno de un mes, como sería el caso de entre el 20 de marzo y el 19 de abril, ya que, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 4 de 1913, sobre régimen político y municipal, todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención legal se entenderá que terminan a la medianoche del último día del plazo. Por año y por mes se entienden los del calendario común y por el día el espacio de 24 horas. 

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