28 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 6 minutos | ISSN: 2805-6396

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Asignar funciones provenientes de cargo superior generaría enriquecimiento sin causa de la Administración

27 de Agosto de 2024

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Nota:
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Es posible asignar al servidor público funciones diferentes a las especificadas en el manual de funciones correspondiente al cargo que desempeña, siempre y cuando estas sean necesarias para el servicio y estén acordes con su perfil y ámbito de atribuciones, indicó el Consejo de Estado.

No obstante, aclaró, las nuevas tareas asignadas no deben corresponder a un nivel superior, pues podría generarse un enriquecimiento sin causa por parte de la Administración al reconocer un salario inferior al previsto en la ley y, por ende, la vulneración de derechos laborales.

La Sección Segunda confirmó la decisión cuestionada que accedió a las pretensiones de reconocimiento de la diferencia salarial y prestacional de un empleado de la Aeronáutica Civil que fue nombrado en provisionalidad en el cargo de auxiliar V, grado 13, y desempeñó las funciones de profesional aeronáutico III, nivel 32, grado 27, entre el 1 de enero del 2017 y el 19 de diciembre del 2019.

Según al alto tribunal, la situación bajo análisis desnaturalizó la figura de la asignación de funciones, pues una de sus características es que sea transitoria y, en este caso, fueron ejercidas por más de dos años en un cargo de nivel superior. Adicionalmente, la parte demandante acreditó los requisitos para que opere la igualdad salarial entre trabajadores:

(i) La misma categoría

(ii) Igual preparación

(iii) Coincidencia en el horario

(iv) Igualdad de responsabilidades

Así mismo, señaló la Corporación, el acuerdo de voluntades entre la Administración y el servidor público para aceptar la asignación de funciones no valida de forma alguna la vulneración de los derechos laborales, aunque el servidor lo haga, como ocurrió en este caso, movido por el interés de acumular experiencia para un futuro ascenso (C. P. Jorge Edison Portocarrero Banguera).

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