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Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Invitado


“La información de la comunidad sobre la prestación de servicios y la ejecución de obras es fundamental para la gestión pública”

08 de Marzo de 2024

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A finales de octubre del año pasado, María Anayme Barón Durán se posesionó como auditora general de la República, en remplazo de la saliente Alma Carmenza Erazo Montenegro.

Barón es contadora pública de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia de Sogamoso (Boyacá), tiene especialización en finanzas públicas de la Escuela Superior de Administración Pública de Boyacá y cursó una maestría en la Universidad Libre de Bogotá.

Cuenta con una amplia trayectoria en el sector público, en donde ha estado vinculada a las alcaldías de Nobsa, Firavitoba y Puerto Boyacá; la Empresa Territorial para la Salud (Etesa) y la Contraloría General de Boyacá. También fue gobernadora encargada de Boyacá en distintos momentos del 2015.

En entrevista con ÁMBITO JURÍDICO, la auditora destaca el papel que tiene la comunidad en general para el ejercicio del control fiscal en el país.

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cuáles son los principales retos en su gestión al frente de la Auditoría General de la República (AGR)?

María Anayme Barón Durán: El mayor reto está plasmado en el Plan Estratégico Institucional, que consiste en la consolidación del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el que se incluye (por su carácter preventivo) a la ciudadanía como actor fundamental en la efectividad del control fiscal; la modernización tecnológica de las contralorías territoriales y la consecución de las metas establecidas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el que corresponde a equidad de género.

Á. J.: ¿En qué consiste la apuesta de la institución por darle cabida a la participación ciudadana en materia de denuncias de irregularidades, como, por ejemplo, la denuncia de obras inconclusas, conocidas como “elefantes blancos”?

M. A. B. D.: El control ciudadano es el control in situ, la información que maneja la comunidad sobre la manera en la que se prestan los servicios públicos y la ejecución de las obras públicas es fundamental para la gestión pública. Si vinculáramos más activamente a la ciudadanía, no tendríamos un escenario como el reportado por la Contraloría General de la República (CGR), para la vigencia 2022, en donde se identifican 1.527 registros, entre “elefantes blancos”, obras inconclusas y proyectos críticos, cuya inversión presupuestal ascendía, en su momento, a 23,3 billones de pesos.

Á. J.: ¿Cómo desarrollar esa política de coadyuvancia con las contralorías, sin dejar de lado el control que por norma constitucional y legal le corresponde a la entidad que usted preside sobre aquellas?

M. A. B. D.: Por mandato constitucional y legal, se nos ha encomendado la tarea de la coadyuvancia, a través de una colaboración armónica, a las contralorías territoriales, labor que no es otra que la de desarrollar acciones dirigidas al mejoramiento y al fortalecimiento de la gestión de las contralorías. Esta situación, en ningún momento implica arrogarse la gestión de dichas entidades, pero siempre salvaguardando nuestra función de vigilancia y control sobres las mismas.

Á. J.: ¿Qué tanto influye en el ejercicio de las funciones de la AGR la interinidad que se presenta en la CGR desde hace varios meses?

M. A. B. D.: La AGR es un organismo dotado de total autonomía e independencia respecto a la CGR, por lo que la interinidad en esta última entidad no genera ningún efecto en nuestra gestión. Ahora bien, desde nuestra competencia de evaluación, hemos evidenciado la continuidad de la ejecución de su planeación estratégica, así como de su Plan de Vigilancia y Control Fiscal.

Á. J.: ¿Qué resultados puede mostrar la institución frente al estado actual de los procesos de responsabilidad fiscal por temas de corrupción?

M. A. B. D.: En desarrollo de nuestro Plan de Vigilancia y Control Fiscal, hemos identificado que, a nivel nacional, las contralorías adelantan 19.233 procesos de responsabilidad fiscal por un detrimento que asciende a la suma de 51 billones de pesos, de los cuales 5.967 procesos corresponden a la CGR, por 33 billones de pesos, y 13.266 procesos a las contralorías territoriales, por 18 billones.

Á. J.: Aunque recientemente usted se posesionó en este cargo, ¿qué balance entregó la entidad en materia de rendición de cuentas en el 2023?

M. A. B. D.: Mantuvimos la certificación de nuestros sistemas de gestión; cumplimos con la totalidad del Plan de Vigilancia y Control Fiscal y alcanzamos una ejecución presupuestal cercana al 100 % de los recursos asignados. De igual manera, en diciembre, firmamos un convenio interadministrativo con la CGR y con todas las contralorías territoriales, para que la estrategia nacional que busca la culminación de obras inconclusas (“elefantes blancos”) sea replicada a nivel territorial. Finalmente, con un proceso participativo a nivel nacional de más de 500 personas, formulamos el Plan Estratégico Institucional 2024–2027, denominado “consolidando el control fiscal”.

Á. J.: El Acto Legislativo 4 del 2019 reformó el control fiscal del país. Seguidamente, diferentes normas desarrollaron esa reforma constitucional, algunas de ellas declaradas o modificadas por la Corte Constitucional. ¿Qué opinión le merece, en síntesis, esos cambios normativos en esta materia? ¿Han fortalecido o debilitado el control fiscal y la labor de la AGR?

M. A. B. D.: El Acto Legislativo 4 del 20219 determinó nuestro alcance y competencia, fortaleció el control fiscal nacional, le permitió a la CGR incluir el control concomitante y preventivo y la facultad de advertir, con oportunidad, situaciones en las que se identifiquen riesgos en los recursos públicos. No obstante, continúa pendiente el fortalecimiento del control fiscal territorial, máxime cuando sus sujetos de control han asumido nuevas responsabilidades y hay más recursos por vigilar.

Á. J.: Ahora que el Gobierno Nacional propone una reforma a la justicia, ¿qué cree que se podría reformar en materia de control fiscal?

M. A. B. D.: Queda pendiente el fortalecimiento de las contralorías territoriales, algunas de ellas ni siquiera cuentan con recursos para cubrir sus propios gastos de funcionamiento.  Así mismo, debe equipararse lo nacional con lo territorial, en asuntos como la elección de los jefes de las oficinas de control interno que, a nivel territorial, es por periodo y bajo parámetros de meritocracia, mientras que en lo nacional son funcionarios de libre nombramiento y remoción.

Otro ejemplo es el periodo de los contralores territoriales, se cruza con el de los alcaldes y gobernadores, situación que no sucede con el del Contralor General de la República. Finalmente, debe considerarse la posibilidad de que se amplíe el periodo de este último al promedio latinoamericano, como, por ejemplo, el de Chile, que es de ocho años, o el de Perú, que es de siete años, entre otros, lo que permite tener mayor continuidad e independencia en la misión constitucional del control fiscal de la salvaguarda de los recursos públicos.

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