Memoriales / Invitado
Camilo Burbano: “Hay normas que no han permitido que fluya el sistema penal acusatorio”
11 de Diciembre de 2014
La reciente reorganización de la Fiscalía General de la Nación (FGN), aprobada por la Ley 1654 del 2013, y desarrollada mediante ocho decretos leyes, trajo como consecuencia la creación de la Dirección Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulación Interinstitucional.
Camilo Burbano Cifuentes tiene a su cargo la gerencia de ese despacho y la difícil tarea de analizar las problemáticas del actual sistema penal acusatorio (SPA), así como el diseño de las estrategias tendientes a fortalecer la implementación de la reforma.
ÁMBITO JURÍDICO dialogó con Burbano sobre las reformas introducidas a lo largo de los 10 años del funcionamiento del SPA y el balance que, desde su rol, puede extraerse.
ÁMBITO JURÍDICO: Algunos sectores han calificado al SPA como ineficiente. ¿Las medidas legislativas que eliminaron beneficios para ciertos delitos son culpables de esto?
Camilo Burbano: Buscar un culpable por algunas trabas y de la forma en que está funcionando el SPA es un error. Sin embargo, no hemos visto que Colombia tenga una política criminal adecuada, coherente y permanente, y eso ha hecho que no en pocas ocasiones, el Legislativo haya creado normas que, pese a la buena intención, lo que hace es obstaculizar el desarrollo del sistema. Un ejemplo claro es la flagrancia. Cuando una persona era capturada en flagrancia, se allanaba a cargos, porque había pruebas muy fuertes en su contra y recibía una rebaja de pena. Con la Ley 1453 del 2011 es menos común que, en estos eventos, se allanen. La consecuencia de esto es que tales procesos, que hubiesen podido tener una resolución sencilla con una condena, terminan congestionando a los jueces y los fiscales en un juicio.
Á. J.: ¿Las reformas al SPA han producido un retroceso en las garantías con las que se instituyó originalmente o las han reforzado?
C. B.: Específicamente, en términos de libertad, es claro que ha habido modificaciones legislativas que han alterado la filosofía inicial en el SPA, específicamente con las medidas de aseguramiento. En cualquier sistema democrático estas medidas deben ser excepcionales, pero aquí, esa excepcionalidad la hemos perdido. Consecuencia de ello es el hacinamiento carcelario y una errónea concepción de justicia, porque se cree que la justicia es igual a cárcel. Inclusive para delitos que no lo requerirían en principio, se impusieron medidas de aseguramiento por una serie de prohibiciones legales que pusieron barreras para que las personas pudieran defenderse en libertad. Esta serie de normas dentro del SPA prácticamente han obligado a los fiscales a solicitar las medidas y a los jueces a concederla, haciendo olvidar que la medida de aseguramiento no es una sanción penal, aunque haya privación de la libertad.
Á. J.: ¿El mecanismo de la detención preventiva ha desdibujado, entonces, la “prevalencia de la libertad” con la que se implementó el sistema?
C. B.: Sí. Lastimosamente, la introducción del SPA como un sistema más garantista dentro de un Estado de derecho parte del supuesto de que la gente tiene que defenderse estando en libertad, y a menos de que se pueda probar que la persona es un peligro para la sociedad, que obstruya la justicia o que haya posibilidad de fuga, no debe imponerse esta medida. De ahí que el Ministro de Justicia y el Fiscal General haya sentado una reforma para volver a implementar ese sistema garantista de privación de la libertad.
Á. J.: ¿Esto explica que el hacinamiento carcelario sea mayor en el actual sistema?
C. B.: Eso no es culpa del sistema y, estadísticamente, es fácil de probar. Con la Ley 600 del 2000 había más o menos un hacinamiento carcelario similar al actual, teniendo en cuenta la cantidad de criminalidad. Lo que pasa es que la criminalidad ha aumentado a lo largo de los años y, por tanto, hay más gente presa. Al contrario, esto lo que demuestra es que el SPA ha procesado a mucha más gente que la Ley 600, razón por la cual hay muchas más personas presas. La cuestión es que la demanda de cupos carcelarios no se compadece con la oferta, y ese es un problema logístico.
Á. J.: ¿Volver a intentar un trámite específico frente a conductas consideradas como pequeñas causas podría solucionar la congestión del sistema?
C. B.: Creemos que sí, sin decir que es la última puerta. La FGN está preparando un proyecto de ley que está próximo a ser presentado, en el cual se toman una serie de medidas que, después de dos años de trabajo, investigación y perfeccionamiento, hemos identificado como los puntos neurálgicos en los cuales el SPA tiene trabas. Específicamente, es un borrador de cinco puntos básicos (ver Los cinco puntos que compondrán el proyecto de ley de la Fiscalía)
Á. J.: ¿Cómo califica el balance del SPA luego de 10 años de funcionamiento?
C. B.: No tan malo como la gente dice y tampoco tan bueno como esperábamos. A veces tendemos a ser un poco fatalistas, al decir que el sistema colapsó. Pero el SPA está funcionando y, de hecho, viene funcionando mejor que la Ley 600 del 2000, estadísticamente hablando. Sin embargo, queremos que funcione un poco más rápido y vamos a apostarle a esto.
Los cinco puntos que compondrán el proyecto de ley de la Fiscalía
Entre otros, los siguientes puntos integrarán la iniciativa que radicará el próximo año la Fiscalía General de la Nación (FGN):
- Eliminación de audiencias. Según Camilo Burbano, director nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulación Interinstitucional, la audiencia de imputación es innecesaria, por lo que el proyecto propondrá suprimirla, sin que ello implique eliminar el acto de imputación u omitir el derecho a la defensa.
- Fortalecimiento a mecanismos de terminación anticipada. Serán formulados ajustes sobre los controles que hoy causan la inoperancia de estos mecanismos, para que, en tiempo real, se tengan decisiones sobre preacuerdos, negociaciones, principio de oportunidad, aceptación de cargos, conciliación, mediación y sobre la indemnización integral.
- Regulación de las contravenciones. La FGN presentará la propuesta de un trámite especial más corto para que estos delitos menores se puedan tratar a través del concepto de contravención con un proceso abreviado más efectivo.
- Fortalecimiento en la gestión. Burbano sostuvo que para solucionar los problemas de articulación existentes entre las entidades que hacen parte del procedimiento, se pretende instituir un trato gerencial dentro del SPA, para robustecer el filtro, la priorización y el contexto.
- Institución adecuada de la oralidad. El borrador contiene una propuesta que potencializaría el concepto de oralidad, bajo el entendido de acudir al juez solo cuando alguno de los intervinientes posee una petición que debe ser resuelta por este funcionario.
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