Invitado
Juan Carlos Esguerra: “En providencia del Tribunal Superior de Bogotá, con todo respeto, se parte del supuesto de que la justicia no ha sido tal”
15 de Febrero de 2012
El Ministro de Justicia y del Derecho conversó con ÁMBITO JURÍDICO sobre la reforma a la justicia, el Estatuto de la Abogacía, la sentencia de condena al coronel (r) Alfonso Plazas Vega, entre otros temas.
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A finales del año pasado, las altas cortes expresaron su desacuerdo con el proyecto de reforma a la justicia que cursa en el Congreso y decidieron retirarse de la discusión. No obstante, el Gobierno cree que el balance de la iniciativa, superada la primera vuelta en el Legislativo, es positivo.
El ministro de Justicia y del Derecho, Juan Carlos Esguerra, conversó con ÁMBITO JURÍDICO sobre este proyecto de acto legislativo, su propuesta de Estatuto de la Abogacía y la entrada en funcionamiento de la Agencia de Defensa Jurídica de la Nación, entre otros temas.
ÁMBITO JURÍDICO: Concluida la primera vuelta en el Congreso, ¿cuál es su balance del proyecto de reforma a la justicia?
Juan Carlos Esguerra: El balance es positivo. Creo que lo que ha salido de la primera vuelta en el Congreso es muy bueno; susceptible, por supuesto, de mejorarse y complementarse con algunos puntos que también han formado parte de la discusión, pero que no están dentro de lo que salió de la conciliación en el Congreso. Vamos por buen camino.
Á. J.: ¿Van a insistir en la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura?
J. C. E.: Esa fue la propuesta original del Gobierno y es lo que tenemos en mente. Hasta donde vamos, se elimina la Sala Administrativa y se remplaza por la Sala de Gobierno que propuso el Ejecutivo. Sobre la Sala Disciplinaria faltan todavía debates que habrán de venir, pero la postura del Gobierno es la inicial, especialmente después de los lamentables episodios que han venido a confirmarse en los últimos días.
Á. J.: Se ha cuestionado que la propuesta de otorgarles facultades jurisdiccionales a particulares privatizaría la justicia, ¿qué responde al respecto?
J. C. E.: Que claro que no. A nadie se le ha ocurrido proponer una fórmula que implique la privatización de la justicia, que es, por definición, una de las funciones esenciales del Estado. Ahora, esto no puede entenderse en el sentido de que la justicia es de incumbencia exclusiva de la Rama Jurisdiccional. Aunque ella tiene la voz cantante en esa materia, por ser quien fundamentalmente tiene a su cargo la tarea de “decir el derecho”, ni siquiera en sus orígenes el sistema de la separación de poderes de Montesquieu estuvo concebido de esta manera tan rígida. Aquí lo que se ha propuesto es simplemente una fórmula innovadora y audaz, que avanza en términos de descongestión judicial, más allá del tradicional e insuficiente mecanismo de crear más despachos judiciales y asignar más recursos.
Á. J.: ¿Por qué se insiste en mantener el artículo sobre el fuero militar, si el propio Gobierno ha anunciado que presentará una iniciativa para reformar integralmente la justicia penal militar?
J. C. E.: Se ha creado, con ese propósito, una comisión del más alto nivel compuesta por expertos y reconocidos académicos que están de un lado y del otro de las vertientes jurídicas, políticas y filosófico-políticas, civiles unos (varios de ellos expresidentes de la Corte Constitucional), militares y policías retirados otros, con el fin de que preparen un proyecto de reforma integral a la justicia penal militar, para determinar, con criterio sistemático, los cambios que deben hacerse. Así, y sin perjuicio de lo que vaya a salir de esa comisión (que incluso podría ser la inclusión del artículo sobre el fuero en la reforma integral del sistema penal militar), el fuero sigue formando parte del proyecto de reforma a la justicia, para complementar lo que está establecido en la Constitución en esta materia.
Á. J.: ¿Este tema no está suficientemente regulado en la legislación vigente?
J. C. E.: En principio sí. Sin embargo, la experiencia demuestra que hay unos vacíos que han dado lugar a que termine desvirtuada por completo la justicia penal militar, al no poder actuar en casos en los cuales, por su naturaleza, debería hacerlo. Se trata de los casos que requieren el conocimiento especializado de los temas que tocan con la justicia penal militar. Desde luego, no se trata de redefinir el concepto de actos del servicio ni el que quedó recogido en el Código Penal Militar, que señala los delitos que jamás podrán ser considerados como actos de servicio: la desaparición forzada, los delitos internacionales o las torturas. Por el contrario, se pretende establecer una presunción legal, por lo tanto susceptible de prueba en contrario, para que, en tratándose de actos del servicio, la acción penal respectiva inicie en la jurisdicción penal militar.
Á. J.: Frustrada la idea de crear una “supercorte”, ¿cómo quedaría la investigación y el juzgamiento de funcionarios aforados?
J. C. E.: Con todo respeto debo rechazar el tema de la “supercorte” (un término acuñado para deslegitimar una propuesta que finalmente no fue acogida dentro del texto de la reforma), porque “supercorte” implicaría estar por encima de las altas cortes y lo cierto es que en ninguna de las propuestas discutidas ha pretendido crear una Corte superior a la Corte Suprema de Justicia en materia penal. Lo que va en la reforma recoge lo mejor de lo que salió de la Cámara y del Senado. Busca poner en marcha unos principios fundamentales que deben presidir este tipo de investigaciones y el juzgamiento de los delitos en el caso de los funcionarios aforados: uno, la doble instancia; y dos, la separación, hasta donde sea posible, entre la investigación y el juzgamiento. No se trata en absoluto de propiciar la impunidad ni de hacer que la justicia no funcione, sino de que funcione acertada y eficazmente.
Á. J.: ¿Qué novedades hay en su propuesta de Estatuto de la Abogacía?
J. C. E.: Muchas y muy importantes. Estamos oyendo a quienes nos puedan dar sus luces, estudiando experiencias propias y ajenas (las recientes experiencias chilena, inglesa y norteamericana, solo por mencionar unas pocas), para crear un estatuto que redefina la ontología y el significado de la profesión, de modo que la gente que se mete en ella tenga perfecta conciencia de lo que comporta ser abogado y que se le escurran las lágrimas de la emoción de pensar en el mundo tan maravilloso en el que se está metiendo. Pero también se refiere a la deontología, es decir, al deber ser, a las obligaciones y responsabilidades del abogado para con el juez, la justicia, la sociedad y sus propios hijos. Por supuesto, el abogado no tiene por qué ser la persona encargada de hacer que el responsable no asuma las consecuencias de sus acciones u omisiones, sino que debe hacer todo lo posible para buscar la situación más favorable para el cliente en el marco de los derechos de este, de la contraparte y del juez, quien tiene derecho a no a ser engañado por el abogado y a que no le tergiversen las cosas de manera de llevarlo a una conclusión errónea. Luego viene la parte de las sanciones, en donde tenemos que poner mano dura, porque las que hoy existen son prácticamente ridículas y conducen a que la gente no sienta, como debe sentir, el temor reverencial frente al riesgo de que se le venga encima la mano de la justicia.
Á. J.: Son grandes las expectativas con la entrada en funcionamiento de la Agencia de Defensa Jurídica del Nación. ¿Están listos para cumplirlas?
J. C. E.: Absolutamente sí. Por supuesto, como suele decirse, “comienzo tienen las cosas”, pero ya la idea se convirtió en una ley y luego en un decreto de facultades extraordinarias que creó la agencia, señaló sus atribuciones y determinó su organización. Y el “levante” que se hizo (para utilizar lenguaje popular) el Presidente de la República con el primer director de la agencia demuestra el perfil y la trascendencia que se le quiere dar a esto. Estamos hablando de centenares de billones de pesos que están en juego en caso de que lleguen a prosperar las demandas contra el Estado. En aquellos casos en los cuales el Estado pueda haberse equivocado al ejercer sus funciones, expidiendo actos o dando lugar a hechos u omisiones antijurídicos, es claro que deberá asumir la responsabilidad y reparar a sus víctimas (cuya causa estamos promoviendo). Sin embargo, es también claro que cuando el Estado no ha fallado o no ha cometido un daño antijurídico, debe defenderse para acabar con la categoría de “avivatos” que hacen de las demandas al Estado un negocio. Además debemos buscar alternativas: por ejemplo, si se reconoce que ha habido una falla, ¿para qué nos embarcamos en un pleito que va a durar 10 años, que al final solamente nos va a costar más? En esos casos debemos buscar fórmulas como la conciliación, la amigable composición o el arbitraje. Desde luego, la agencia no va a asumir directamente la representación judicial de las entidades del Estado en todos los procesos, pero sí estará allí para coordinar y asesorar a quienes lo necesiten, inclusive prestando su concurso (por la vía de convenios interadministrativos u otros mecanismos) a las entidades territoriales que puedan requerirlo.
Á. J.: En el Gobierno no cayó muy bien el exhorto que el Tribunal Superior de Bogotá le hizo al Fiscal de la CPI para que investigue a Belisario Betancur por las desapariciones del Palacio de Justicia. Y en la justicia no cayó muy bien la reacción del Gobierno. ¿Se está terminando la “luna de miel”?
J. C. E.: No, yo no creo. Lo que ha habido hasta ahora ha sido la expresión de unas posiciones: por un lado, una sentencia de un tribunal que, como tal, merece el respeto y acatamiento de las autoridades del Estado y de la ciudadanía (y así lo ha afirmado y reiterado el Gobierno); y por otro, una preocupación, porque, en la providencia del Tribunal Superior de Bogotá, y lo digo con todo respeto, se parte del supuesto de que la justicia no ha sido tal. La sentencia supone que los instrumentos definidos por la Constitución como judiciales en el caso de altos funcionarios son de política, pero no de justicia, aun cuando la Constitución señala con toda claridad que respecto de esos altos funcionarios hay un aparato de justicia especial, que a uno le puede gustar o no, pero es el que está en la Constitución. Además, si algo caracteriza a Colombia es ser un país de justicia, de leyes, de instituciones y un Estado de Derecho en mayúscula: ha sido su historia, es su vocación y es su deber.
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