“La Corte ha sido forzada a intervenir en casos donde la gestión institucional no garantiza derechos”
05 de Marzo de 2020
Defensor a ultranza de las poblaciones que históricamente han sido discriminadas, así como de los derechos fundamentales y de la justicia social, es la forma como el magistrado Alberto Rojas Ríos, nuevo presidente de la Corte Constitucional, espera ser recordado, a través de los tiempos.
En entrevista con ÁMBITO JURÍDICO, este pereirano y externadista de “pura cepa” fue conciso y pragmático a la hora de referirse acerca de los retos de su mandato y el proceso de transformación digital de la justicia, así como de los recientes debates que se han suscitado en la academia sobre el activismo judicial de la Corte, que tiene tanto detractores como defensores, y la necesidad o no de una codificación procesal constitucional.
ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cuáles son los grandes juristas y los libros jurídicos que han inspirado su formación profesional?
Alberto Rojas Ríos: Son variados y de diversa estirpe los juristas que han influido mi destino como profesional y como magistrado. Cada ser humano es lo que los demás perfilan en él. Todos terminamos siendo continuación o derivación de quienes se han jugado a plenitud por cambiar una realidad. En el ámbito nacional tengo y tendré muy presente el ideario del radicalismo liberal de cuya expresión Fernando Hinestrosa fue cultor de su legado. La escuela de procesalistas del Instituto Colombiano de Derecho Procesal, de la que he sido cercano por más de 30 años, constituye el fundamento de mi docencia en garantías procesales en las universidades Externado, de los Andes y del Rosario. En la doctrina extranjera he sido discípulo de Luigi Ferrajoli y seguidor, entre otros, de Norberto Bobbio, Karl Popper y la gran feminista Catherine Mackinnon, así como de los padres emblemáticos de la Constitución española, como Gregorio Peces-Barba, de quienes aprendí que la democracia, los derechos fundamentales y la justicia social son los reclamos de los tiempos que nos tocó vivir.
Á. J.: Háblenos de los principales retos en su mandato como Presidente de la Corte Constitucional…
A. R. R.: El poder no puede ser jamás un privilegio, pues este debe ser siempre la gran oportunidad para cambiar una realidad. Son prioridades de mi periodo como presidente del máximo tribunal de la jurisdicción constitucional continuar con la formidable tarea de quienes me han antecedido en esta dignidad, en especial, de la magistrada y colega Gloria Ortiz, quien realizó una extraordinaria ejecutoria. Haré todo por consolidar los proyectos de acercar más la Corte Constitucional a las personas, avanzar en la transformación y modernización de la corporación y verificar la eficacia de las sentencias de la Corte.
Á. J.: ¿Cuáles son los principales casos que ha llevado su despacho?
A. R. R.: Cada uno de los fallos proferidos por la Corte tiene una singular importancia, porque se ocupa de la protección de los derechos humanos y de la salvaguarda de la Constitución Política de 1991. Como miembro de la corporación he tenido la oportunidad de estudiar materias muy diversas y debates de gran relevancia en nuestro entorno social, como la discriminación por razones de género y de orientación sexual, la autonomía territorial, los derechos de las víctimas, la defensa del patrimonio cultural de la Nación, la protección de las comunidades étnicamente diferenciadas y la participación ambiental, así como la conservación de los ecosistemas y de los recursos naturales, entre otros.
En particular, me ha correspondido la ponencia de sentencias que han resuelto sobre la validez del matrimonio entre parejas del mismo sexo en Colombia; la posibilidad de que madre y padre acuerden el orden de los apellidos que llevarán los hijos comunes; las obligaciones del Estado para la protección del patrimonio arqueológico de los quimbayas; el principio de precaución frente a la contaminación por compañías explotadoras de níquel y carbón; el acceso a la propiedad de la tierra de trabajadores agrarios; la provisión de insumos para la higiene menstrual de mujeres habitantes de calle; el derecho de una niña a practicar el fútbol con un equipo integrado por niños, por mencionar algunos. Todas estas han sido decisiones de una corporación judicial garantista y rigurosa difusora de nuestro pacto de convivencia social.
Á. J.: ¿Sigue siendo una limitante para la Rama Judicial que no se le establezca constitucionalmente un presupuesto propio?
A. R. R.: En los términos del artículo 256 de la Carta Política de 1991, la Rama Judicial cuenta con un presupuesto propio administrado por el Consejo Superior de la Judicatura. Sucede que este presupuesto corresponde en el promedio histórico, aproximadamente, al 1,2 % del PIB, de modo que lo que sí es necesario es que se dispongan mayores recursos para la justicia, y se afiance la plena autonomía de esta expresión del Poder Público, que se traduce en independencia real y efectiva.
Á. J.: Importantes providencias de la Corte han puesto el dedo en la llaga en materia de políticas públicas para la protección de derechos fundamentales, ¿qué opinión le merece ese activismo judicial que ha tenido tanto detractores como defensores?
A. R. R.: La única legitimidad de los poderes públicos radica en la efectiva protección de los derechos humanos. El alto tribunal constitucional se ha visto forzado a intervenir en los casos en que la gestión de otras instituciones no ha garantizado o ha vulnerado los derechos fundamentales. Toda política pública que procure atender las necesidades de la ciudadanía debe analizarse e implementarse en clave de derechos humanos. Sin embargo, para aumentar la eficacia de la intervención de los jueces en estos asuntos, es preciso desarrollar sensibilidad hacia otras disciplinas como la Ciencia Política, la Administración Pública, la Economía, la Sociología y la Filosofía, entre otras. Considero que estas formas de intervención judicial han sido acertadas. Sin embargo, lo ideal es que en temas de derechos humanos y, en especial, de derechos fundamentales, tanto el Ejecutivo como el Legislativo hagan lo suyo a través de políticas públicas de largo alcance. Así, los jueces quedaríamos relevados de incidir en temas de políticas públicas cuando se trata de garantizar derechos fundamentales en términos de la Constitución Política.
Á. J.: ¿Cómo va el proceso del expediente digital en la corporación, así como la implementación de Prometea?
A. R. R.: En cuanto al expediente digital, estamos trabajando con el Banco Interamericano de Desarrollo en un proyecto que incorporará la tecnología a nuestra gestión, lo cual facilitará a los ciudadanos la realización de trámites a través de internet y hará más eficiente el trabajo de la corporación. Actualmente, estamos haciendo la revisión de todos nuestros procesos internos, con el fin de identificar oportunidades para mejorar la eficiencia y las actividades que puedan realizarse a través de la tecnología. Con este proyecto se eliminarán los libros, expedientes impresos, trámites a través de oficios, se contará con una mayor trazabilidad y seguridad de la información y se eliminarán tareas manuales que pueden realizarse con mayor precisión y rapidez a través de la tecnología.
Por su parte, lo que se ha dado en llamar Prometea, y que empezó con una buena idea del magistrado Alejandro Linares cuando fue nuestro Presidente, es una herramienta tecnológica que apoyará a la Corte en el procesamiento de una gran cantidad de información que se encuentra en los más de 640.000 expedientes de tutela que viene recibiendo al año para decidir sobre las eventuales revisiones que dispone la Constitución. Esto facilitará el trabajo de los despachos, permitirá tener mayor información estadística sobre los derechos fundamentales en el país y logrará que los magistrados optimicen sus criterios de selección. Es importante aclarar que esta herramienta tecnológica no selecciona ni decide los casos, esto siempre será una decisión de los magistrados.
Á. J.: ¿Cuáles son los grandes debates jurídicos que afrontan actualmente y los casos judiciales puntuales que no dejan dormir a la Sala Plena?
A. R. R.: Bueno, los magistrados que integramos la Sala Plena de la Corte dormimos bien, y no perdemos la serenidad ni la prudencia. Pero como parte de nuestras tareas, están bajo nuestro estudio la autonomía y las libertades de las mujeres en el tema de interrupción voluntaria del embarazo, la línea negra en consulta previa, el debate sobre la distribución de las competencias de las entidades territoriales, entre otras.
Á. J.: Según varios expertos, es necesaria una normativa que impulse la codificación procesal constitucional. ¿Qué opina sobre el tema?
A. R.R.: No es necesaria, puesto que la regulación ya está contenida en la Constitución, los decretos-leyes 2067 y 2591 de 1991, así como la normativa prevista en el Código General del Proceso. Esta última constituyó un valioso esfuerzo legislativo que también se aplica a los procedimientos constitucionales en todo aquello que no esté previsto en normas especiales y en cuanto sea compatible con la disciplina constitucional. Una codificación procesal en las materias que son de conocimiento de la jurisdicción constitucional se constituiría en un exceso de regulación y en un formalismo que probablemente desnaturalizaría la inmediatez y eficacia de las acciones constitucionales, que son herramientas al alcance de todas las personas para proteger sus derechos y defender la democracia.
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