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Usuarios de servicios públicos no pueden acceder a información secreta o reservada de la empresa prestadora (3:00 p.m.)

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02 de Agosto de 2013

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Si bien los usuarios de servicios públicos domiciliarios tienen derecho a solicitar información no privilegiada y relacionada con la prestación del servicio, no podrán acceder a aquella que sea secreta o reservada, como es el caso de los libros y papeles del comerciante, secretos industriales o información de propiedad exclusiva de la empresa prestadora, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Así las cosas, el derecho a solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna sobre las actividades y operaciones directas e indirectas, previsto en el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley 142 de 1994, es restrictivo, en cuanto a información calificada como secreta o reservada por la ley.

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