Tras ratificar laudo que le ahorra a Ecopetrol US $ 500 millones, Consejo de Estado explica alcances de fallo ‘ultra petita’ (9:48 a.m.)
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18 de Febrero de 2014
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Al ratificar un laudo arbitral en el que no se accedió a condenar a Ecopetrol a indemnizar por cerca de US $ 500 millones a Mata Pretroleum, filial de Pacific Rubiales, el Consejo de Estado explicó cuáles son los límites de actuación del juez arbitral para que este no falle ultra petita. En este sentido, aclaró que el laudo no incurrió en el aludido exceso, pues, contrario a lo propuesto por el demandante, podía determinar sobre qué base debía calcularse la liquidación de pagos por alto precio del petróleo, como regla general y no simplemente sobre los derechos de Ecopetrol sobre la producción. La corporación explicó que el hecho de que el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil obligue a que el operador se acoja al principio de congruencia, es decir que juzgue de acuerdo a los hechos y las pretensiones, no significa que este no pueda analizar todo el contexto y termine por no conceder lo estrictamente solicitado por la parte (M. P. Enrique Gil).
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