Vehículos particulares que ingresen al centro de Bogotá con tres o más ocupantes no tendrán ‘pico y placa’ (5:00 p.m.)
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20 de Diciembre de 2013
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Por medio del Decreto 575 del pasado 17 de diciembre, la Alcaldía de Bogotá estableció disposiciones de tránsito de vehículos particulares para el centro de la ciudad. De acuerdo con la norma, la restricción de “pico y placa” en los días hábiles, de lunes a viernes, según el último dígito de la placa del automotor (par o impar), irá entre las 6:00 a.m. y las 7:30 p.m., pero no cubre a los vehículos que circulen en dicha zona con ocupación de tres o más pasajeros, sin exceder la capacidad definida en la respectiva licencia de tránsito. Así mismo, precisa algunas zonas donde no aplicará la restricción, entre las 6:00 a.m. y las 8:30 a.m. y entre las 3:00 p.m. y las 7:30 p.m. La disposición, que deroga los decretos 271 y 300 del 2012, empezará a regir dos meses después de su publicación. Cabe anotar que aún no ha sido publicada en el Registro Distrital.
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