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Trabajadores de Fogacoop deben ser afiliados al Fondo Nacional del Ahorro (9:48 a.m.)

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08 de Abril de 2014

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En concepto que acaba de ser dado a conocer, el Consejo de Estado sostuvo que es obligatoria la afiliación de los trabajadores del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) al Fondo Nacional del Ahorro (FNA). Ello porque a pesar de que la mayor parte de sus empleados se encuentren adscritos al régimen laboral privado, también tienen la condición de servidores públicos y porque la pertenencia de la entidad a la Rama Ejecutiva así lo exige. La providencia sostiene que la regla residual sobre la Ley 489 de 1998 es aplicable al caso de este organismo, ya que las entidades estatales pertenecen al poder Ejecutivo. De allí se deriva la conclusión de la sala, pues el artículo 5º de la Ley 432 de 1998 establece que quienes integran esta rama deben estar afiliados al FNA (C. P. William Zambrano).

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