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General


Contrato de telecomunicaciones puede terminar por fallas del operador, aunque haya cláusula de permanencia

En esas situaciones, el usuario sólo está obligado a pagar las sumas correspondientes al consumo.
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16 de Agosto de 2011

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El incumplimiento de las condiciones de continuidad a las que está sujeta la prestación de los servicios de telecomunicaciones por causas imputables al operador da derecho a que el suscriptor o usuario termine anticipadamente el contrato, sin penalización alguna, o a que reclame la compensación por el tiempo en el que el servicio no estuvo disponible.

 

Eso puede ocurrir cuando, por ejemplo, no haya señal para hacer llamadas o se caiga la conexión para el acceso a internet. En esas situaciones, es posible pedir la terminación, aunque el contrato incluya una cláusula de permanencia.

 

La Comisión de Regulación de Comunicaciones precisó que, en tales casos, el usuario sólo está obligado a pagar las sumas correspondientes al consumo. Si desea conservar el servicio, puede solicitar la respectiva compensación, que debe hacerse en el periodo de facturación que siga al de la interrupción.

 

(CRC, Cpto. 51789, mayo 30/11)

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