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Superservicios reitera que hogares comunitarios pagarán servicios públicos como estrato uno (4:28 p.m.)

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10 de Enero de 2014

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Mediante circular externa, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios recordó a las empresas supervisadas la obligación de facturar como estrato uno los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas domiciliarios a los inmuebles de uso residencial donde funcionan los hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, en cumplimiento del artículo 127 de la Ley 1450 del 2011. Las empresas prestadoras deberán obtener la información de los inmuebles cobijados por la medida a través de las direcciones regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, conforme al Decreto 1766 del 2012. La entidad advirtió que en caso de que no se esté calculando la tarifa del estrato uno, los representantes de los inmuebles que tengan derecho a este beneficio, pueden hacer el reclamo a las empresas de servicios públicos.” De no ser atendido, pueden instaurar la respectiva denuncia ante la superintendencia”, informó la entidad.

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