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Superservicios fija plazos para presentar la información financiera

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21 de Diciembre de 2020

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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios publicó la Resolución 20201000055775, por la cual se establecen los requerimientos y plazos para el cargue de Información Financiera Especial – IFE. Los clasificados en el Grupo 3 y bajo la Resolución 533 quedan excluidos del reporte de esta información. Los sujetos están obligados a reportar de manera trimestral en el aplicativo NIF XBRL el Informe Financiero Especial (IFE), a través de los puntos de entrada correspondientes, sin perjuicio del reporte de información financiera anual. Para realizar este reporte, los interesados podrán hacer uso de la licencia de la herramienta XBRL Express, suministrada de forma gratuita. La información financiera especial solicitada puede no estar auditada, sin embargo, en caso de tener modificaciones el prestador de servicios públicos deberá garantizar la disponibilidad de los respectivos soportes.

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