Supersalud aclara fechas de reporte de información por parte de las EPS
26 de Enero de 2021
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Nota:
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A partir del corte del mes de febrero del 2021 y subsiguientes, el reporte de las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas al sistema deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles del mes siguiente, contados a partir de la fecha de corte, la cual corresponde al último día de cada mes, según indicó la Superintendencia de Salud. Cabe resaltar que con lo anterior el cierre de cada vigencia (diciembre) se reportará dentro de los primeros 10 días hábiles de febrero de la siguiente vigencia. Los demás meses (enero a noviembre) deben ser reportados dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente a la fecha de corte.
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