Solo pueden teletrabajar los servidores judiciales que tengan permiso
01 de Febrero de 2024
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170604
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A través de una circular, el Consejo Superior de la Judicatura indicó que solo pueden teletrabajar los servidores judiciales que tengan permiso para ello; por ende, los demás deberán estar de manera presencial en los despachos judiciales.
Los consejos seccionales de la judicatura verificarán de manera periódica el cumplimiento de esta disposición con el propósito de garantizar la atención presencial a los usuarios.
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