Si Procuraduría excede plazo para rendir concepto en casación, viola el derecho de acceso a la administración de justicia (9:00 a.m.)
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27 de Junio de 2013
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El Consejo de Estado determinó que si la Procuraduría excede el plazo legal contemplado para rendir concepto en una demanda de casación penal, viola el derecho de acceso a la administración de justicia. La corporación determinó que el orden en la evacuación de procesos fijado por los despachos del Ministerio Público no los autoriza para desconocer lo dispuesto en el artículo 213 de la Ley 600 del 2000, que ordena rendirlo en un plazo máximo de 20 días. En el caso concreto, el alto tribunal determinó que no había lugar a declarar la improcedencia de la tutela por carencia actual de objeto, porque, si bien el concepto ya se registró, se hizo después del fallo de amparo de primera instancia, en el que se había llegado a la misma conclusión (C. P. Susana Buitrago).
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