¿Por qué no se ha sancionado la ley que elimina el cobro por reconexión de servicios públicos?
20 de Junio de 2018
En noviembre del 2016, el Congreso envió a sanción presidencial el proyecto de ley 016/15S-190/15C, por medio del cual se elimina el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3. (Lea: Corte decidió sobre proyecto para eliminar cobro por reconexión de servicios públicos)
Una iniciativa de corte social, según los legisladores, que, sin embargo, Presidencia de la República objetó por dos razones de inconstitucionalidad y otras dos de inconveniencia.
Argumentos del Gobierno
El Ejecutivo sostuvo en ese momento que la propuesta era inconstitucional por vulnerar el principio de solidaridad y por un factor de inequidad que afectaba a las personas que pagan oportunamente sus obligaciones. De igual forma, indicó que la iniciativa va en contra del artículo 367 de la Carta Política, en tanto “excluye del régimen tarifario de los servicios públicos los costos reales en los que incurren las empresas por tales conceptos”. (Lea: Empresas de servicios públicos no pueden negar suministro directo de agua potable a usuarios)
En cuanto a las objeciones por inconveniencia, el Gobierno sustentó que el presupuesto público no puede asumir el cargo por reconexión, ya que es una carga para el fisco nacional.
También advirtió que dado que se trata de un costo real, el valor de lo que cuesta la exoneración del pago de la reconexión o reinstalación del servicio tiene que ser asumido por una de las partes que conforman el sistema, ya sean los usuarios que pagan oportunamente, las empresas o el propio Estado.
¿Qué dijo la Corte Constitucional?
Pese a los argumentos presentados por el presidente Juan Manuel Santos, el Congreso decidió rechazar las objeciones y, por tanto, el articulado se fue para revisión de la Corte Constitucional. Pero la Sala Plena de la Corte devolvió el proyecto al Congreso el año pasado, para que se subsanara algunos errores de trámite. (Lea: En servicio de acueducto no se puede eliminar o reducir el cargo fijo)
Hoy, en el último día de sesiones de este periodo legislativo, se votaría el informe de objeciones nuevamente, el que rechaza la posición del Ejecutivo y pide la sanción de la ley, para que el alto tribunal resuelva de fondo sobre su constitucionalidad.
El informe reitera que las razones expuestas por el Ejecutivo no son acertadas y que da prelación a los intereses de particulares y empresas prestadoras de servicios sobre la población vulnerable.
Como se recordará, la iniciativa establece que no habría lugar al cobro por concepto de reconexión y reinstalación de servicios públicos domiciliarios cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.
Por otro lado, para restablecer el servicio si la suspensión fue por causas imputables al suscriptor o usuario diferentes a la mora, este debe eliminar tal motivo, pagar todos los gastos de reinstalación y satisfacer las demás sanciones previstas, de acuerdo con las condiciones uniformes del contrato.
Si el restablecimiento no se hace dentro de las 24 horas siguientes después de que el suscriptor o usuario cumpla con las obligaciones, dice la propuesta, habrá falla del servicio.
La paradoja de esta iniciativa, que lleva tres años de trámite, es que si no se vota hoy el informe de objeciones será revisada por un nuevo Congreso y con un Ejecutivo que se posesionará el próximo 7 de agosto, del cual no se conoce su posición al respecto.
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