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Sancionan Ley de Cuidados Paliativos (4:36 p.m.)

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10 de Septiembre de 2014

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El Gobierno acaba de sancionar la Ley Consuelo Devis Saavedra (Ley 1733), mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida. Esta norma reglamenta tanto el derecho de las personas que afrontan esas enfermedades como el de sus familias, mediante un tratamiento integral del dolor, el alivio del sufrimiento y otros síntomas, teniendo en cuenta sus aspectos psicopatológicos, físicos, emocionales, sociales y espirituales, de acuerdo con las guías de práctica clínica que establezca el Ministerio de Salud para cada patología. En cuanto a las entidades promotoras de salud (EPS), estarán en la obligación de garantizar a sus afiliados la prestación del servicio con especial énfasis en cobertura, equidad, accesibilidad y calidad dentro de su red de servicios en todos los niveles de atención por niveles de complejidad, de acuerdo con la pertinencia médica y los contenidos del plan obligatorio de salud. En ese mismo sentido, señala qué EPS deberán garantizar el acceso a la atención, incorporando a su red personal capacitado en cuidado paliativo, al cual le sea ofrecida educación continuada en este tema. Por último, da a Minsalud seis meses para reglamentar la materia. Vale la pena recordar que, en su momento, esta iniciativa fue objetada por el Ejecutivo al considerar que se trataba de una ley estatutaria y al ser revisada por la Corte Constitucional el tribunal solo le hizo reparos por el trámite surtido en el Legislativo, posteriormente fue declarada exequible.

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