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Renovación anual del RUES estaba dentro de facultades conferidas al Presidente de la República por el Decreto Ley Antitrámites (11:00 a.m.)

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22 de Abril de 2014

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La Corte Constitucional determinó que el establecimiento de la renovación anual del Registro Único Empresarial y Social (RUES) se dio de acuerdo con los límites impuestos por el poder Legislativo al Presidente de la República para que expidiera el Decreto Ley Antitrámites (inciso 2º del artículo 166 del Decreto Ley 019 del 2012). A su juicio, dentro de los objetivos del parágrafo 1º de la Ley 1474 del 2011 estaba promover la eficiencia en la gestión pública y esa es la iniciativa del texto demandado, por ello se declaró constitucional.

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