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Corte Interamericana de Derechos Humanos inicia su 108 período de sesiones

09 de Abril de 2015

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) informó que del 13 al 17 de abril celebrará su 108 período ordinario de sesiones, en el que estudiará la posibilidad de emitir tres sentencias y diversas resoluciones.

 

La Corte analizará la posibilidad de dictar sentencia en el caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión – RCTV) Vs. Venezuelarelacionado con la decisión del Estado venezolano de no renovar la concesión del canal Radio Caracas Televisión (RCTV), proferida el 28 de mayo del 2007.

 

Como consecuencia de la decisión, RCTV habría dejado de transmitir como estación de televisión abierta, con un presunto impacto en la libertad de expresión de sus accionistas, directivos y periodistas. Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concluyó que el Estado venezolano incumplió las obligaciones sustantivas y procesales que tenía en materia de asignación y renovación de concesiones.

 

Según la Comisión, el caso se enmarcaría en un contexto de inseguridad jurídica para la estación, que no tenía claridad sobre el marco legal aplicable a su concesión, lo que sería incompatible con la obligación estatal de establecer un proceso de renovación de las concesiones estrictamente regulado por la ley. Además, concluyó que la decisión de no renovar la concesión de RCTV se tomó con base en la línea editorial del canal, lo que habría constituido un acto de desviación de poder y una restricción indirecta incompatible con los artículos 13.1 y 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Adicionalmente, la Corte IDH se pronunciaría sobre el caso Cruz Sánchez y otros Vs. Perú, que se relaciona con la alegada ejecución extrajudicial de tres miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) durante la Operación “Chavín de Huántar”, en la que se retomó el control sobre la residencia del embajador de Japón en Perú.

 

Según la CIDH, dicho inmueble había sido tomado por 14 miembros del grupo armado desde el 17 de diciembre de 1996, y se habría rescatado a 72 rehenes en 1997. Presuntamente, estas tres personas se habrían encontrado en custodia de agentes estatales y, al momento de su muerte, no habrían representado una amenaza para sus captores.

 

Luego del operativo, agrega, los cuerpos sin vida de los 14 miembros del MRTA habrían sido remitidos al Hospital Policial, en el cual no se les habría practicado una autopsia adecuada y, aparentemente, horas después, los restos habrían sido enterrados, 11 de ellos como NN, en diferentes cementerios de Lima. La Comisión sostuvo que el Estado peruano no habría llevado a cabo una investigación diligente y efectiva de los hechos, ni determinado las responsabilidades sobre los autores materiales e intelectuales.

 

Por último, la Corte se pronunciará sobre el caso Canales Huapaya y otros Vs. Perú, relacionado con la presunta “violación del derecho a las garantías judiciales y protección judicial en perjuicio de Carlos Alberto Canales Huapaya, José Castro Ballena y María Gracia Barriga Oré, como consecuencia de la falta de respuesta judicial adecuada y efectiva frente a los ceses en calidad de funcionarios permanentes del Congreso de la República del Perú”.

 

Según la Comisión, los hechos comparten las características esenciales del caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú. Así mismo, la Comisión destacó que “los hechos del caso constituyen el reflejo de un contexto de inseguridad jurídica y consecuente indefensión judicial frente a posibles actos arbitrarios del poder público en el marco de los ceses colectivos que se dieron en 1998”.

 

La Corte también examinará medidas provisionales, el cumplimiento de sentencias que se encuentran bajo su conocimiento y cuestiones administrativas.

 

La composición de la Corte para este período de sesiones será la siguiente: Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), presidente; Roberto F. Caldas (Brasil), vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles (Costa Rica); Diego García-Sayán (Perú); Alberto Pérez (Uruguay); Eduardo Vio Grossi (Chile), y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México).

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