04 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Regulan organización del Fondo de estabilización del ingreso fiscal

09 de Diciembre de 2020

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Nota:
119767
El Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal (FEIF) tendrá por objeto propender por la estabilización del ingreso fiscal de la Nación proveniente de la producción o comercialización del petróleo a través de la gestión, adquisición y celebración de instrumentos o contratos que permitan el aseguramiento y/o cubrimiento de tales ingresos fiscales, con entidades extranjeras especializadas en este tipo de operaciones. Los recursos del fondo se podrán usar, previa aprobación del Comité de gestión de pasivos y coberturas de la Nación, para: (i) servir como fuente para ajustar el valor de las rentas constitutivas de recursos de capital de ingresos del PGN en caso de que se reciban ingresos producto de la liquidación de las operaciones de cobertura; (ii) pagar los costos generados por la ejecución de los instrumentos y/o contratos celebrados para el cumplimiento del objeto del FEIF, de acuerdo con la estrategia aprobada por el comité de gestión y (ii) efectuar operaciones de tesorería para la administración de excedentes de liquidez.

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