Regulan condiciones mínimas para ejecución del programa de alimentación escolar
07 de Octubre de 2015
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Nota:
102726
El Ministerio de Educación acaba de definir los lineamientos técnicos – administrativos, estándares y condiciones mínimas para la prestación del servicio y la ejecución del Programa de alimentación escolar (PAE). El PAE será cofinanciado con las siguientes fuentes: recursos del Sistema general de anticipaciones (SGP); regalías; recursos propios; dineros del presupuesto general de la Nación distribuidos anualmente por el ministerio y otras fuentes de financiación por parte del sector privado, cooperativo o no gubernamental, del nivel nacional e internacional y cajas de compensación. Por otra parte, se señala que la focalización de a quiénes se les suministrará el complemento alimentario debe realizarse en el comité de alimentación escolar; esta instancia, presidida por el rector, debe elaborar el acta que detalle la metodología utilizada para la focalización y el listado de los titulares del derecho seleccionados, la cual debe remitirse a la respectiva secretaría de educación. Para el efecto, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: en el área rural cubrir el 100 % de los escolares matriculados que se encuentren cursando transición y primaria; en el área urbana, escolares matriculados que se encuentren cursando transición y primaria, empezando por los que hacen parte de la jornada única y, posteriormente, dando prioridad a la población étnica y población en condición de discapacidad.
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