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Actualizado hace 13 minutos | ISSN: 2805-6396

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Regulan características técnicas del Sistema de control de centros de enseñanza automovilística (2:56 p.m.)

18 de Febrero de 2016

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Nota:
105341
La Superintendencia de Puertos y Transporte (Superpuertos) definió la reglamentación del Sistema de control y vigilancia de los centros de enseñanza automovilística (CEA) y de los centros integrales de atención (CIA), que deberá ser implementada para permitir el ejercicio de inspección por parte de la entidad. Estas condiciones aplican también para el control y de los organismos de tránsito que capaciten a infractores y expidan los certificados para obtener el descuento de las multas por infracciones a las normas de tránsito. La norma establece un protocolo de seguridad para permitir la vigilancia en la prestación del servicio y en la expedición de los respectivos documentos. Precisa que los representantes legales de las entidades serán responsables de su registro en el sistema y no podrán interactuar ni certificar a sus aspirantes a conductores hasta tanto no surta este proceso. Dentro de los siguientes cuatro meses a la expedición de esta norma, se emitirá un acto administrativo que contenga los requisitos de evaluación y verificación del sistema por parte de la superintendencia, la cual determinará el tiempo necesario para su implementación. Las condiciones previstas se harán obligatorias transcurridos tres meses desde el momento en que la Superpuertos establezca los requisitos de evaluación y verificación aplicables.

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