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Regulación sobre cumplimiento de mociones de censura emitidas por concejos distritales es inconstitucional (9:51 a.m.)

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26 de Septiembre de 2014

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La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que indica que funcionarios afectados con mociones de censura aprobadas por concejos distritales están obligados a cumplirla o a iniciar los trámites judiciales tendientes a su revocatoria, si no es posible actuar en el sentido que lo impone el respectivo acto administrativo. La Sala determinó que la disposición violaba el principio de cosa juzgada del artículo 243 de la Constitución, dado que, en su criterio, se trataba de la reproducción de una norma declarada inconstitucional a través de la Sentencia C-063 del 2002. Los magistrados Mauricio González, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas anunciaron que presentarán aclaraciones de voto, en el último caso, debido a que, a pesar de estar de acuerdo con la violación del principio de cosa juzgada, considera que era necesario ordenar estarse a lo resuelto en el fallo del 2002 y no declarar la inconstitucionalidad (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).  

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