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Actualizado hace 51 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Reglamentan procedencia para que notarios ejerzan el derecho de preferencia contemplado en el Decreto 960 de 1970 (9:37 a. m.)

22 de Octubre de 2014

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Nota:
97255
El Ministerio de Justicia reglamentó la forma en que los notarios que han ingresado a la carrera notarial procederán a ejercer el derecho de preferencia previsto en el numeral 3º del artículo 178 del Decreto 960 de 1970, en cuanto a su aplicación, vigencia y extinción, con el fin de garantizar seguridad jurídica en el ejercicio de la función nominadora. “Se entenderá que ha ingresado a la carrera notarial aquel aspirante que por el hecho de superar todas las etapas de un concurso público y abierto de méritos y en consecuencia encontrarse incluido en la lista de elegibles vigente conformada para un determinado círculo notarial, sea nombrado en propiedad como notario, acepte su designación y tome posesión del cargo”, explicita la norma. Así mismo, señala que la circunscripción político-administrativa en la cual puede ejercerse el mencionado derecho corresponde al departamento donde se encuentre la notaría de la cual es titular el notario. Los funcionarios del círculo notarial de Bogotá solo podrán ejercerlo dentro del Distrito Capital. Vale la pena recordar que el decreto establece que pertenecer a la carrera notarial implica la preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político-administrativa, otra notaría de la misma categoría que se encuentre vacante.

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