Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Recuerdan en qué eventos surge responsabilidad patrimonial del Estado por daños antijurídicos derivados de la ocurrencia de desastres naturales (1:45 p.m.)

63370

19 de Septiembre de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Los eventos de la naturaleza deben ser evitados hasta donde resulte posible, también deben ser mitigados para evitar la pérdida de vidas, lesiones y siniestros económicos que no pocas veces ponen en situación de vulnerabilidad a quienes los padecen. Por esto, la creación de sistemas de atención y prevención de desastres es obligación positiva de las autoridades públicas del orden nacional, regional y local, así lo advirtió la Sección Tercera del Consejo de Estado al reiterar que la imputación de la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños antijurídicos derivados de la ocurrencia de desastres naturales depende de lo previsibles, resistibles y de la inactividad del Estado. En el caso analizado, declaró la responsabilidad del municipio de Manizales y de la Corporación Autónoma Regional del Caldas por la muerte de ocho personas como consecuencia del deslizamiento de tierra resultado de la falta de conservación del cauce de una quebrada (C. P. Stella Conto Díaz).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)