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Quienes realicen judicatura en una entidad pública pueden recibir subsidio de transporte

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13 de Mayo de 2021

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La judicatura es considerada como una práctica laboral, en los términos del artículo 3 de la Ley 2043 del 2020, por la cual se determinó que dichas prácticas realizadas en el sector público o privado como opción para adquirir un título académico serán reconocidas de manera obligatoria como experiencia profesional. Por lo tanto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, es viable que quienes realicen su práctica laboral en esta modalidad en una entidad pública reciban subsidio de transporte, siempre y cuando la entidad, atendiendo al principio de sostenibilidad fiscal, lo haya incluido dentro de sus gastos de funcionamiento. En efecto, el artículo 4 de la ley indica que las entidades públicas podrán incluir un rubro cuya finalidad sea reconocer un subsidio mensual de transporte y alimentación para los estudiantes que realicen su práctica profesional, tecnológica, técnica o de cualquiera de las modalidades de formación profesional y demás formas de etapa productiva. En todo caso, agregó, dicho subsidio no podrá ser superior a un salario mínimo mensual legal vigente.

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