Procuraduría pide inhibición en demanda al Código Disciplinario del Abogado (8:48 a.m.)
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08 de Octubre de 2013
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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que se abstenga de examinar de fondo dos normas que establecen condiciones para el juzgamiento disciplinario de los abogados (artículos 65 y 66 de la Ley 1123 del 2007). La primera de ellas establece que pueden concurrir a la actuación el investigado, su defensor y el defensor suplente, cuando sea necesario, y el Ministerio Público, en cumplimiento de sus funciones constitucionales. La segunda regula la actuación del quejoso, quien solo puede concurrir para la ampliación de la queja y para la impugnación que ponga fin al proceso en etapa distinta a la de la sentencia. Según el concepto, el actor, al referirse a tratos desiguales entre quejosos e intervinientes, no justifica por qué ambos deben recibir las mismas prerrogativas en este tipo de proceso.
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