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Procuraduría pide aumentar límite de edad para pagar pensión a hijos de oficiales y suboficiales de militares que estén estudiando (3:02 p.m.)

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13 de Agosto de 2014

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare condicionalmente exequible la norma que impone que la pensión por muerte o retiro de oficiales y suboficiales de las fuerzas militares la dispongan los hijos que dependan económicamente del causante, hasta cierta edad; la disposición establece que el beneficio se extinguirá cuando aquellos cumplan 21 años, y para los que adelanten estudios o enfrenten condiciones de invalidez, los 25 (artículo 188 parcial del Decreto 1211 de 1990). El Ministerio Público sostiene que si el artículo 47 de la Ley 100 de 1993 (literal b)) concede la pensión de sobrevivientes a los hijos que dependan económicamente del fallecido hasta los 25 años, cuando estudien o padezcan de alguna discapacidad, resulta violatorio del derecho a la igualdad no aplicar el mismo límite a este caso. El proyecto de fallo corresponde al despacho de la magistrada (e) Martha Sáchica.

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