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Procuraduría no puede tramitar lectura de fallo de proceso verbal en ausencia justificada de las partes (2:22 p.m.)

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14 de Enero de 2014

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El Consejo de Estado determinó que una sanción disciplinaria derivada de la lectura del fallo de un proceso verbal en ausencia del investigado y de su abogado puede ser violatoria de su derecho a la defensa, cuando la inasistencia esté plenamente justificada, aun cuando la Procuraduría tenga la potestad legal de tramitar esta etapa final sin la presencia de las partes. Aun cuando el artículo 106 del Código Disciplinario (Ley 734 del 2002) permite a la autoridad dar a conocer su decisión en audiencia pública sin la presencia del disciplinado y de su defensa técnica, esto no le da el aval a la Procuraduría para desconocer los plazos perentorios de los que dispone la ley, afirma el alto tribunal (C. P. Alfonso Vargas).

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