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Sancionan a abogado que exhibió a sus clientes un recibo del Banco Agrario y un auto de despacho falsos

Recuerde que es una falta aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad.
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21 de Enero de 2020

Una providencia del Consejo Superior de la Judicatura, que sanciona con dos años sin el ejercicio profesional a un litigante, enfatiza que se considera como una falta aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad.

 

Pero también no entregar a quien corresponda, a la menor brevedad posible, dineros, bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión profesional o demorar la comunicación de este recibo.

 

En el caso concreto, se comprobó que el litigante, en un proceso ejecutivo, recibió no solo sus honorarios, sino, además, la suma de $ 3 millones para negociar con la contraparte, dinero que debía consignar a la cuenta del respectivo juzgado y realizar el correspondiente reporte.

 

Sin embargo, no lo realizó y ante el requerimiento de sus clientes les exhibió un recibo del Banco Agrario y un auto del juzgado que no eran auténticos (M.P. Julia Emma Garzón).

 

Consejo Superior Judicatura, Sentencia 66001110200020150047901 (1533135), Jul. 24/19.

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