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Prestadores del servicio de acueducto y alcantarillado deben presentar estudio técnico de valoración de activos ante la CRA (4:34 p.m.)

100874

28 de Abril de 2015

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La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) expidió la Circular 001 del 2015, con el objetivo de recordar que el estudio técnico de valoración de activos de los prestadores del servicio de acueducto y alcantarillado, que se enmarcan dentro del parágrafo 2º del artículo 35 de la Resolución 287 del 2004, y sobre los cuales la CRA aún no haya dispuesto su aceptación, deberá ser enviado antes de la entrada en vigencia de las tarifas contenidas en la Resolución 688 del 2014 o aquella que la sustituya, modifique o derogue. Lo anterior con el fin de que esta entidad disponga de su aceptación.

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