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Personal de salud de Mindefensa y Policía vinculado después de la Ley 100 de 1993 no hace parte del régimen de transicional de la Ley 352 de 1997 (11:50 a.m.)

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01 de Julio de 2015

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El Consejo de Estado indicó que el régimen prestacional del Decreto 1214 de 1990  solo aplica al personal de salud del Ministerio de Defensa y de la Policía que se vinculó antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 como empleado público o trabajador oficial del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares o del Instituto para la Seguridad Social de la Policía. Lo anterior porque el artículo 55 de la Ley 352 de 1997 solo establece ese mecanismo de reconocimiento de derechos del régimen anterior en favor de la protección de los intereses de quienes se incorporaron durante ese lapso. Los allegados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993 no son adjudicatarios del Decreto 1214 de 1990, porque ese hecho los excluye del régimen transicional y los integra al de la Ley 352 de 1997 (C. P. Gustavo Gómez).

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