Pasaporte venezolano vencido con sello de ingreso y permanencia es válido para efectos del censo de recicladores
Corresponde a las entidades territoriales definir en sus territorios los criterios de inscripción o exclusión de quienes realizan dicha actividad.31 de Enero de 2022
Las personas que se dediquen a la actividad de aprovechamiento, como complementaria del servicio de aseo, no requieren permiso para desarrollar su objeto social. No obstante, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para poder operar deberán obtener de las autoridades competentes, según sea el caso, las concesiones, permisos y licencias correspondientes.
Así mismo, deberán informar sobre el inicio de actividades tanto a la superintendencia como a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico e inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS).
En lo que respecta al censo oficial de recicladores corresponde a las entidades territoriales, en virtud de la normativa respectiva, definir en sus territorios los criterios a partir de los cuales se inscriben o excluyen de su censo a quienes afirmen realizar dicha actividad.
Para efectos del mencionado censo de recicladores que adelanten y reporten las entidades territoriales, son válidos como documentos de identificación tanto la cédula de extranjería para las personas extranjeras como el permiso de protección temporal y el pasaporte venezolano que esté vencido y que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por Migración Colombia, en el caso de la población migrante venezolana.
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