Oficializan fallo que respaldó el cumplimiento de requisitos de asociaciones defensoras de consumidores para contar con judicantes (11:40 a.m.)
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16 de Febrero de 2010
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La Corte Constitucional dio a conocer el fallo mediante el cual se declaró exequible el aparte de la Ley 1086 del 2006, que exige a las organizaciones de defensa de los consumidores constituidas como ligas o asociaciones que estén afiliadas a una organización nacional y que tengan existencia activa de cinco años para contar con la asesoría de estudiantes de Derecho que realicen su judicatura. Según la sala, la legitimidad constitucional de los requisitos impuestos por el legislador para la práctica de judicatura no debe analizarse únicamente desde la perspectiva de las prerrogativas jurídicas reconocidas a favor de las asociaciones de consumidores y usuarios, sino también desde el interés general comprometido en la idoneidad de esa práctica, pues los futuros usuarios potenciales de los servicios profesionales que prestará el estudiante exigen que la práctica de la judicatura cumpla con unos estándares mínimos que cualifiquen las habilidades del egresado (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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