Oferente que no prueba cumplir un requisito habilitante no debe ser rechazado (4:06 p.m.)
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19 de Noviembre de 2014
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La administración debe ofrecerle al concursante la posibilidad de probar un requisito habilitante, sentenció el Consejo de Estado. Indicó que a pesar de que los requisitos habilitantes para participar en un proceso de selección son insubsanables, la entidad convocante debe ofrecer la oportunidad al oferente que los cumpla de acreditarlos. Así, la administración debe permitir a quien concursa probar que cumple las condiciones de elegibilidad, en caso de dudas, inexactitudes o ambigüedades que se originen en la revisión de las exigencias. Recordó, así mismo, que el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 (numeral 7º) incluye dentro del plazo con el que cuenta la entidad respectiva para evaluar las propuestas la posibilidad de solicitar aclaraciones y explicaciones a los oferentes (C. P. Carlos Alberto Zambrano).
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