Nuevo listado de medicamentos que serían sometidos a control de precios (3:15 p.m.)
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03 de Marzo de 2014
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La Corte Constitucional dio a conocer la sentencia por medio de la cual declaró exequible la enmienda al Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación (Ley 1623 del 2013). A juicio del alto tribunal, esta disposición se adecúa a lo dispuesto por el artículo 81 de la Constitución, que prohíbe la fabricación, importación, posesión o uso de armas químicas biológicas y nucleares, tanto como la introducción al territorio nacional de tales materiales. Destacó que la norma obliga a Colombia a respetar la prohibición para el transporte fronterizo de elementos de esta naturaleza hacia países que no hagan parte del convenio o en vías de desarrollo, pero también la protege de la llegada de ese material peligroso. Resaltó la declaración interpretativa del convenio que hizo Colombia en torno al cumplimiento del artículo 81 superior, para hacer del instrumento una barrera a la llegada de estos elementos y sustancias al país (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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