Norma que regula allanamiento a cargos en casos de flagrancia es constitucional (3:22 p.m.)
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10 de Abril de 2014
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Como ajustada a la Carta Política de 1991 declaró la Corte Constitucional la disposición que fija la reducción de pena establecida para el allanamiento a cargos en casos de flagrancia (parágrafo del artículo 57 de la Ley 1453 del 2011). Para el alto tribunal, es razonable que la disminución sea menor en estos casos, debido a que la aceptación de cargos en procesos en los cuales el imputado no es detenido en ejecución de la conducta punible suponen un ahorro al aparato judicial.
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