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Norma que prohíbe uso de animales en circos fue declarada constitucional (8:48 a.m.)

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15 de Mayo de 2014

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Aunque la Corte Constitucional determinó que los animales no pueden ser reconocidos como reclamantes de derechos fundamentales intrínsecos a ellos, declaró como ajustada a la Carta Política de 1991 la norma que prohíbe su utilización en espectáculos circenses (artículo 1º de la Ley 1638 del 2013). La Sala Plena manifestó que la dignidad, como elemento fundante de los derechos del hombre, es reconocida en tanto quien está sujeto a ella ofrece el mismo trato digno a los demás. Para el plenario, esta disposición legal hace parte de una política pública de buen recibo para la Corte, pues recoge posiciones del alto tribunal en las cuales advierte la necesidad de desincentivar prácticas degradantes o crueles para con los animales (M. P. Jorge Iván Palacio).

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