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No era necesaria consulta previa en Ley Antidiscriminación (8:45 a.m.)

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11 de Abril de 2013

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La Corte Constitucional declaró exequible la Ley Antidiscriminación (Ley 1482 del 2011), al considerar que no era necesario acudir a la consulta previa. La Sala Plena sostuvo que ello no era prerrequisito, debido a que la norma no afecta intereses de comunidades particulares, sino que está dirigida a proteger a la sociedad en su conjunto. La ponencia planteaba la inconstitucional parcial, al tomar en cuenta que las expresiones “etnia”, “pueblo o comunidad”, “racismo” y “raza” demostrarían la necesidad de la consulta previa. Al salvamento de voto del magistrado ponente se sumaron los anuncios de aclaración de voto de Nilson Pinilla y Mauricio González (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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