No aplicar la misma rebaja por allanamiento a cargos en casos de flagrancia de congresistas no es discriminatorio (4:25 p.m.)
96079
22 de Abril de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Que no se apliquen a los congresistas las mismas reglas que el Código de Procedimiento Penal prevé para los reos, a la hora de aplicar beneficios por allanamiento a cargos en casos de flagrancia, no supone una violación del derecho a la igualdad, concluyó la Corte Constitucional. Tras establecer esa premisa, la Sala Plena declaró exequible el parágrafo del artículo 57 de la Ley 1453 del 2011, que modificó el artículo 301 de la Ley 906 del 2004 y establece una rebaja máxima de un cuarto de la pena a imponer para quien se declare culpable de la imputación habiendo sido detenido en plena ejecución del delito. Sostuvo que a la luz de los artículos 186 y 235.5 de la Constitución el fuero que en materia penal cobija a los parlamentarios da lugar a interpretar que su situación no es equiparable a la de ningún otro procesado, luego no hay lugar a alegar una discriminación injustificada (M. P. Mauricio González).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!