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Mineducación define trámite para devolver recursos por pago de aportes parafiscales establecidos en Ley 21 de 1982 (8:55 a.m.)

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13 de Abril de 2015

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Con la Circular 15, el Ministerio de Educación informó a las personas naturales y/o jurídicas que hayan cancelado alguna suma de dinero por concepto de aportes parafiscales establecidos en la Ley 21 de 1982, y no estén obligadas a hacerlo, que pueden presentar la solicitud de devolución de los valores cancelados. Por lo tanto, indicó que pueden consultar el listado dispuesto a través del sitio web del ministerio, a fin de obtener su devolución una vez que presenten documentos como: comunicación suscrita por el representante legal de la entidad, copia de las planillas emitidas por los operadores Pila debidamente pagadas, original de la consignación realizada a la caja de compensación, certificación bancaria de la cuenta del solicitante, entre otros. Igualmente, precisó que la devolución opera para los dineros cancelados en los últimos cinco años contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud de devolución.

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