Buscan nueva fuente de financiación para el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles
29 de Abril de 2024
![Buscan nueva fuente de financiación para el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Freepik)](/sites/default/files/styles/imagen_800x400/public/2024-04/combustiblesgasolinaestacion%28freepik%29.jpg.webp?itok=n3-u-WxD)
Ante la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes fue radicada la ponencia para primer debate del proyecto de ley 336/23C, que adiciona una fuente de financiación al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc) y crea una subcomisión de expertos encargada de estudiar y modificar la fórmula de fijación de precios de los combustibles.
Según el articulado propuesto por los representantes ponentes del proyecto, Óscar Darío Pérez, Lina María Garrido y Gilberto Betancour, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), el Ministerio de Minas y Energía y Ecopetrol tendrán tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley para “definir e implementar un esquema de financiamiento que permita cubrir el saldo del déficit que registra del Fepc, vía aportes de la Nación en programación del presupuesto general de la Nación y dividendos que le corresponderían a la Nación fruto de la liberación de una parte de la reserva ocasional de Ecopetrol”. (Lea: Buscan eliminar los impuestos aplicados a la gasolina y al ACPM).
Adicionalmente, se creará una subcomisión de expertos, como órgano autónomo e independiente adscrito a la Creg, para estudiar, proponer y desarrollar mecanismos de estabilización de los precios del combustible y establecer los cambios necesarios a la fórmula que determina el precio regulado en un máximo de tres años. (Lea: Creg establece incentivos para el uso eficiente de energía)
La iniciativa determina que la subcomisión deberá tener en cuenta tres modificaciones estructurales: (i) Cualquiera que fuere la fórmula, esta debe ser de aplicación obligatoria; (ii) la fórmula debe responder al diferencial entre el Precio de Paridad (PP) y el Ingreso al Productor (IP), entre más alto sea el diferencial más alto debería ser el ajuste y (iii) el valor esperado del déficit producto de la fórmula debe ser consistente con una restricción presupuestal previamente definida.
La subcomisión formulará e implementará una política diferencial de combustibles para los departamentos, municipios y áreas no municipalizadas fronterizas, “asegurando que estas medidas sean pertinentes y efectivas, con el fin de fomentar el desarrollo económico integral y de contribuir a la lucha contra el contrabando”. (Lea: Periodo de cuatro años para designación de expertos de la CREG no desconoce facultad de libre remoción).
Este grupo de expertos se reunirá mínimo cuatro veces por año y su composición, naturaleza, reglamento, ejercicio de sus funciones, adopción de decisiones, cuórums, mayorías, convocatoria y demás estará a cargo de los ministerios de Hacienda y Minas.
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